jueves, abril 3, 2025
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Los 42 términos diplomáticos más usados que debes saber

1. Apostilla de la Haya

La Apostilla es la certificación mediante la cual el Gobierno peruano, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, legaliza la autenticidad de la firma y el título con que ha actuado el funcionario peruano. El documento apostillado será reconocido en países miembros de la Convención de la Apostilla, y viceversa.

2. Agregado

Funcionario especializado, adscrito a una misión diplomática, que tiene asignada una función específica (comercial, cultural, laboral, militar, entre otras). Suele ser funcionario de algún Ministerio distinto del de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

3. Beneplácito o Agrement o Placet

Es el asentimiento escrito de un Gobierno para que una persona determinada pueda ser acreditada en su territorio como Embajador de otro Estado.

4. Buenos Oficios

Mecanismo de solución pacífica de controversias en el cual un Estado o un organismo internacional intervienen en un conflicto con el objeto de persuadir a que las partes del mismo inicien negociaciones. Puede activarse a petición de las Partes o por propia iniciativa del que ejerce los buenos oficios.

5. Agregado Honorario

En algunos países recibe este nombre el Agregado que, de modo excepcional, ha sido acreditado como personal diplomático

6. Canciller

1.- En una Embajada o Consulado es el jefe del personal administrativo. No tiene carácter diplomático.

2.- Ministro(a) de Relaciones Exteriores

7. Cancillería

1.- Local donde se encuentran las oficinas de la Misión Diplomática o del Consulado, por oposición a la Residencia del Embajador o Cónsul y a otras oficinas especializadas que puedan formar parte de la Misión (Oficina Comercial, Sección Consular, etc..)

2.- En lenguaje coloquial se refiere al Ministerio de Relaciones Exteriores.

8. Carrera Diplomática

Conjunto de funcionarios que tiene encomendada de modo regular la representación del Estado y la protección de los nacionales en el exterior, ejecutando la política internacional determinada por las instancias a las que constitucionalmente corresponda.

9. Cartas Credenciales

Documento que dirige el Jefe del Estado acreditante al Jefe del Estado receptor para acreditar a una persona como embajador. Se suele presentar en una ceremonia especial denominada “Presentación de Cartas Credenciales”, que se se da en presencia del Presidente y el/la Ministro(a) de Relaciones Exte riores. Previamente se habrá obtenido el plácet.

10. Consejero de Embajada

Puesto dentro de una Embajada por debajo del Ministro Consejero -si lo hay- y por encima del Primer Secretario.

11. Cónsul

Persona autorizada en una población de un Estado extranjero para proteger las personas e intereses de los individuos de la nación que lo nombra. Incluye al Cónsul propiamente dicho, al Cónsul General, al Cónsul Adscrito o al Jefe de una Sección Consular.

12. Cónsul Adjunto

Funcionario de la Carrera Diplomática que, con carácter consular, auxilia a un Cónsul General de quien recibe delegación de funciones y al que sustituye durante sus ausencias.

13. Cónsul de Carrera

El que por estar al frente de un Consulado de Carrera tiene competencia para ejercer en su
plenitud todas las funciones consulares que permite el Derecho internacional.

14. Cónsul General

Es el titular de un Consulado General. En el sistema español vigente, tiene categoría personal mínima de Consejero de Embajada.

15. Consulado

Oficina que, de manera independiente o como parte de una Embajada, es establecida por el Estado acreditante en una ciudad del Estado receptor con la finalidad de auxiliar y proteger a sus nacionales, así como de brindar servicios de naturaleza pública a sus nacionales y a los extranjeros que lo necesitasen. El término designa a un mismo tiempo el órgano y su sede.

16. Cónsul Honorario

Representante nombrado por el Estado acreditante para ejercer la función consular, pero que no pertenece al Servicio Consular de dicho país. Generalmente se trata de un nacional del país de residencia o, incluso, de un tercer Estado. Por oposición al Cónsul de carrera, sólo es competente para ejercer un número limitado y secundario de las funciones con
sulares permitidas por el Derecho internacional.

17. Circunscripción Consular

Es el territorio atribuido a una oficina consular para el ejercicio de las funciones consulares. Puede ser una localidad o un área geográfica mayor, según sea necesario.

18. Cuerpo Consular

Conjunto de Cónsules de todo orden que ejercen sus funciones en una localidad. El más antiguo de ellos ejerce como Decano.

19. Cuerpo Diplomático

Es el conjunto de los agentes diplomáticos acreditados ante un Estado. El más antiguo de entre los Embajadores ejerce como Decano. En los países de tradición católica el Decano es generalmente el Nuncio Apostólico.

20. Delegación Permanente

Expresión con la que se designa comúnmente la Misión Diplomática que un Estado acredita de modo permanente en una Organización internacional de la que es miembro. A su frente se encuentra un Embajador Representante Permanente o Delegado Permanente.

21. Embajada

1.- Misión Diplomática de la máxima categoría al frente de la que se halla un Embajador que vela por las relaciones políticas, económicas y culturales entre dos Estados.

2.- El término se aplica también a los locales de la Misión, tanto a las oficinas (Cancillería) como a la vivienda del Embajador (Residencia).

22. Embajador

1.- Funcionario de la Carrera Diplomática que ha alcanzado la máxima categoría dentro del escalafón y que puede hallarse, o no, al frente de una Embajada.
2.- Jefe de Misión que se halla al frente de una Embajada. Normalmente es un funcionario de la Carrera Diplomática -Embajador de Carrera- cuya categoría personal puede no ser la de Embajador sino otra inferior. Si no pertenece a la Carrera Diplomática se le denomina Embajador Político.

23. Encargado de Negocios

Funcionario diplomático que ocupa temporalmente la Jefatura de una Misión Diplomática por hallarse vacante dicho puesto, por ausencia del titular, etc. Normalmente, el puesto es desempeñado por el funcionario diplomático de categoría inmediatamente inferior al Jefe de Misión.

24. Embajador Concurrente

Jefe de Misión cuya Cancillería se encuentra ubicada en un país distinto al que éste reside. El Embajador con currente representa al Estado acreditante ante más de un Estado.

25. Jefe de Misión

Término genérico que abarca los varios supuestos de titulares de la máxima autoridad en una Misión Diplomática. En la mayoría de los casos, Misión es sinónimo de Embajada, y Jefe de Misión, de Embajador.

26. Llamada a Consulta

Orden que se envía a un Jefe de Misión por el Ministro de Relaciones Exteriores del Estado
acreditante para que se persone urgentemente con objeto de informar sobre un determinado asunto y recibir instrucciones particulares.

27. Ministro-Consejero

Funcionario diplomático que ocupa en una Embajada el puesto inmediatamente siguiente al
Jefe de Misión y asume las funciones de Encargado de Negocios cuando es necesario. Este puesto sólo suele existir en las Embajadas más importantes por el volumen de personal diplomático.

28. Misión Diplomática

Término genérico que abarca todos los tipos de representación permanente de un Estado ante otro, o ante una Organización internacional, o de éstas ante un Estado.

29. Notas diplomáticas

Comunicaciones formales escritas que intercambian las misiones diplomáticas con la Cancillería del Estado receptor. Pueden ser de dos tipos:

1. Notas Formales: es la menos frecuente. Trata temas de mayor importancia, está escrita en primera persona y la dirige el Jefe de Misión al Ministro de Relaciones Exteriores, o viceversa.
2. Notas Verbales: se usa con mayor frecuencia, ya que aborda cuestiones de trámite común. Se escribe en tercera persona, y está dirigida por la Misión a la Cancillería, o viceversa.

30. Oficina Consular

Término genérico que abarca las distintas clases de Consulados, tanto de Carrera como Honorarios.

31. Persona Non Grata

Es la declaración que en cualquier momento el Estado receptor puede hacer sobre el Jefe de Misión o cualquier otro miembro del personal diplomático, que se comunica sin necesidad de expresar los motivos, e implica que esa persona debe ser retirada o cesar en sus funciones.

32. PLÁCET

Manifestación que hace el Estado receptor, solicitado para ello por el Estado acreditante, de
que no tiene nada que oponer a la persona que éste se propone nombrar como Jefe de Misión ante aquél.

33. Plenos Poderes

Documento emanado del Presidente de la República que autoriza a una o más personas a representar al Estado en la negociación, la adopción o la autenticación del texto de un tratado, para expresar el consentimiento del Estado, o para ejecutar cualquier otro acto con respecto del mismo.

34. Persona “Non Grata”

Término que se utiliza para describir al agente diplomático a quien, después de haber sido
acreditado y estando en ejercicio de sus funciones, el Estado receptor considera que debe
ser retirado en virtud de que ha ofendido a dicho Estado de alguna manera.

35. Privilegios e Inmunidades

El agente diplomático goza de inmunidad de la jurisdicción penal del Estado receptor. Salvo en algunas circunstancias estipuladas en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, también goza de inmunidad de su jurisdicción civil y administrativa. El agente diplomático no está obligado a testificar y no puede sufrir menoscabo de la inviolabilidad de su persona o de su residencia.

36. Representación

Término genérico para designar todo tipo de órganos de la Administración del Estado en el exterior.

37. Representación Permanente

Misión diplomática acreditada frente a una Organización Internacional, como lo sería ante las Naciones Unidas, con sede en Nueva York y Ginebra; ante la OEA, con sede en Washington DC; ante la UNESCO, con sede en París, entre otras. Asimismo, en algunos casos, existen Representaciones que funcionan como parte de una Embajada, como es el caso de la FAO, en Roma, o la OMI, en Londres

38. Residencia

Se designa con este término el domicilio oficial del Jefe de Misión.

39. Sección Consular

Personal de una Misión Diplomática que desempeña funciones consulares, al no existir una Oficina Consular en la misma capital.

40. Secretario de Embajada

Puesto dentro de una Embajada por debajo del Consejero -si lo hay- y por encima de los Agregados.

41. Tratado

Nombre genérico por el que se denomina cualquier Acuerdo entre dos o más Estados, u otros sujetos de Derecho Internacional, que crea una obligación jurídica para los mismos. Están regula dos por la Convención de Viena del 23 de mayo de 1969.

42. Visita de Estado y Visita Oficial

1. Se entenderá como Visita de Estado, aquella que realiza exclusivamente el Presidente de la República por expresa invitación de un Jefe de Estado extranjero.
2. Por otro lado, se entenderá como Visita Oficial, aquella que realiza el Presidente de la República, el Ministro de Relaciones Exteriores u otra autoridad de jerarquía equivalente en nuestro país y que tienen un fin oficial específico.

 

Para ampliar la búsqueda de más términos recomendamos el libro «Derecho Diplomático y Tratados» escrito por el mexicano Raúl Valdes Enrique Loaeza Tovar, que contiene aquellos términos usuales utilizados en las relaciones internacionales.

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